Encefalomielitis equinas: Se estableció la vacunación obligatoria en todo el territorio

La medida se da en el marco de la emergencia sanitaria por la enfermedad establecida mediante la Resolución 1219/2023 y contempla a todos los équidos que tengan al menos dos meses de vida.

Esta decisión, que se encuentra contemplada por la Resolución Senasa 115/2024 publicada en el Boletín Oficial, la cual determina que la totalidad de los equinos deberán tener vigente la vacuna y aquellos que no han recibido la primera dosis de la vacunación, deberán hacerlo dentro del plazo de diez días luego de publicada la norma.

La nueva normativa establece que cada equino deberá contar con el certificado de vacunación a fin de acreditar la vacuna, que deberá ser emitido con firma y sello de un veterinario matriculado que actúe de forma particular o a través de un ente sanitario registrado en el Senasa. El certificado debe detallar los datos de interés que identifiquen al animal involucrado y la información de la vacuna aplicada.

Con respecto a las condiciones de inoculación, en los primovacunados se deberá implementar un refuerzo en los plazos estipulados, según prescripción del laboratorio elaborador. Una vez completado el esquema de primovacunación y refuerzo, la revacunación se efectúa de forma anual.

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